¿No tiene cuenta? Creala ahora!
Es el régimen que integra a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores. Es financiado por los trabajadores y empleadores incluyendo al Estado en su condición de empleador.
La afiliación a éste régimen se hace a través del registro de la nómina que realizan las empresas privadas e instituciones públicas ante la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
1
Cobertura obligatoria en clínicas y hospitales sin pago de diferencias, 100%
2
Cobertura 100% sin pago de diferencia, en los siguiente programas:
3
Cobertura ilimitada (sin depósito), pagando diferencia de 15% del monto final de la cuenta, que no superará dos salarios minimos nacionales (RD$ 12,962.000) por caso.
4
Cobertura ilimitada al 100% sin pago de diferencia 100%
5
Cobertura ilimitada pagando diferencia de 10% del valor de la cirugia que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 12,962.000) por caso.
Subsidio por maternidad: Es el pago en Dinero a la trabajadora afiliada al régimen contributivo equivalente a tres meses de salario cotizable, otorgados durante el periodo de descanso por Maternidad.
Subsidio por lactancia: Es el pago en dinero a los hijos menores de (1) Ano de las trabajadoras afiliadas al régimen contributivo que perciban un salario menor o igual a tres (3) salarios mínimos nacional otorgado en las condiciones y formas que para tales fines se establecen en el reglamento sobre subsidio por maternidad y subsidio por lactancia.
En caso de cotizar por dos o más empleos, recibirás el monto total del subsidio por cada uno.
Es el pago en Dinero a la trabajadora afiliada al régimen contributivo equivalente a tres meses de salario cotizable, otorgados durante el periodo de incapacidad.
En cumplimiento del decreto 560-01, la Secretaría de Estado de Trabajo publica la versión oficial de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) promulgada por el Poder Ejecutivo el 9 de mayo del 2001, en conmemoración del tercer aniversario del fallecimiento del Dr. José Francisco Peña Gómez, su principal inspirador. La Ley de Seguridad Social es considerada por el ciudadano Presidente de la República, Ing. Agron. Hipólito Mejía, como parte de una trilogía de reformas madres, junto a las reformas tributaria y arancelaria. Su trascendencia reside en que de las tres esta es la única con un profundo contenido humano y que tendrá un gran impacto social y económico... >>